En Argentina el divorcio se puede pedir de común acuerdo o por uno solo de los cónyuges, sin explicar los motivos y sin esperar un plazo mínimo. Es un trámite judicial que requiere abogado y una propuesta sobre cómo se resolverán sus efectos.
Dos formas de pedirlo
- Conjunta: los dos cónyuges lo solicitan juntos.
- Unilateral: lo solicita uno solo, y se notifica al otro.
En ningún caso hay que invocar causas ni se discute quién tuvo la culpa.
La propuesta reguladora
El pedido de divorcio debe ir acompañado de una propuesta que regule sus efectos. Suele tratar estos temas:
- quién continúa en la vivienda;
- cómo se distribuyen los bienes;
- eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges;
- el cuidado de los hijos, el régimen de comunicación y los alimentos.
Si el pedido es unilateral, el otro cónyuge puede presentar su propia propuesta. La falta de acuerdo sobre estos temas no impide que se dicte el divorcio: lo pendiente se resuelve por separado.
Documentación habitual
- Partida o acta de matrimonio.
- Partidas de nacimiento de los hijos.
- DNI de ambos.
- Títulos o documentación de los bienes.
Después de la sentencia
- El divorcio se inscribe en el Registro Civil.
- Se resuelve la división de los bienes, si no se acordó antes.
- El reclamo de compensación económica tiene un plazo breve: caduca a los seis meses de dictada la sentencia de divorcio.
Cuánto demora
Depende del juzgado y de si hay acuerdo. Los pedidos conjuntos con una propuesta completa suelen tramitar con más rapidez que los unilaterales.
Nuestra recomendación
Consultá antes de presentar o firmar una propuesta: lo que se acuerde sobre los bienes, la vivienda y los hijos tiene efectos duraderos.
Esta nota brinda información general y no reemplaza el asesoramiento profesional. Cada caso tiene particularidades que deben analizarse antes de tomar una decisión.