En pocas palabras
Sí. Los cargos que no contrataste, los débitos que no autorizaste y los importes mal facturados pueden reclamarse. Las normas de defensa del consumidor obligan a las empresas a informar con claridad. Conviene consultar pronto, porque algunos reclamos tienen plazos breves.
Situaciones frecuentes
- Seguros, paquetes o servicios que no pediste.
- Comisiones o cargos que no fueron informados.
- Débitos automáticos que continúan después de la baja.
- Consumos que no reconocés en la tarjeta.
- Facturas con importes excesivos o por servicios no prestados.
Qué tener en cuenta
- Importa que el reclamo quede registrado y conservar las constancias.
- El resumen de la tarjeta de crédito tiene un plazo breve para ser cuestionado.
- Mientras se discute un cargo, existen reglas sobre lo que la empresa puede exigir.
- Además de la devolución, puede corresponder reclamar otros daños.
Qué se evalúa en una consulta
- Si el cobro tiene respaldo en lo contratado.
- Qué puede reclamarse y a quién.
- Si el reclamo está en plazo.
- La vía más conveniente.
Qué conviene llevar a la consulta
- Resúmenes o facturas donde figura el cargo.
- El contrato o la solicitud del producto o servicio.
- Los números de reclamo y las respuestas de la empresa.
- Constancias de la baja, si la pediste.
Nuestra recomendación
Consultá si la empresa no reconoce el error o no devuelve el dinero, para evaluar el reclamo y la vía más conveniente.
Esta nota brinda información general y no reemplaza el asesoramiento profesional. Cada caso tiene particularidades que deben analizarse antes de tomar una decisión.