Incumplimiento de contrato: ¿qué opciones tengo?

Civil · Actualizado en octubre de 2026

En pocas palabras

Cuando la otra parte no cumple un contrato, la ley prevé, en general, tres caminos: exigir el cumplimiento, dar por terminado el contrato o reclamar los daños. Cuál corresponde depende de lo que diga el contrato y de cómo se produjo el incumplimiento, por lo que conviene consultar antes de actuar.

Qué influye

  • Lo que el contrato prevé para el incumplimiento: plazos, intimaciones y multas.
  • La importancia del incumplimiento.
  • Si cumpliste con tu parte.
  • Cómo y cuándo se reclamó.
  • El tiempo transcurrido.

Qué tener en cuenta

Dejar de cumplir por cuenta propia, dar por terminado el contrato sin seguir los pasos previstos o intimar de forma incorrecta puede volverse en contra de quien tenía razón. También importa resguardar la prueba del incumplimiento desde el primer momento.

Qué se evalúa en una consulta

  • Qué dice el contrato y cómo se interpreta.
  • Si el incumplimiento habilita a exigir, a terminar el contrato o a reclamar daños.
  • Cómo y por qué medio conviene reclamar.
  • Los plazos y los riesgos de cada alternativa.

Qué conviene llevar a la consulta

  • El contrato y sus anexos.
  • Comprobantes de los pagos o de lo que cumpliste.
  • Las comunicaciones con la otra parte.
  • Las pruebas del incumplimiento.
  • Presupuestos o constancias de los daños.

Nuestra recomendación

Consultá antes de dejar de cumplir tu parte, de intimar o de dar por terminado el contrato.

Esta nota brinda información general y no reemplaza el asesoramiento profesional. Cada caso tiene particularidades que deben analizarse antes de tomar una decisión.

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